No considero que tengamos que levantar la voz de alarma porque esté en peligro la transmisión de la misa dominical por TVE, pues en nuestra ya no tan joven democracia tanto los gobiernos populares como los socialistas han mantenido este servicio público, más allá de los “calentones” laicistas electorales a los que también estamos acostumbrados.
De todos modos, dado que se ha ampliado el abanico de representación parlamentaria, conviene recordar que en este caso no nos movemos en el terreno discutible de la programación de tal televisión pública, sino en un terreno mucho más firme, el de la protección de dos libertades fundamentales amparadas por la Constitución Española, que a su vez las refiere a la Declaración Universal de Derechos Humanos, la libertad de expresión y la libertad religiosa; así como a otra fundamentación tampoco nada “moviliza”: la de tratarse de un servicio social prioritario.
La primera razón por la que la misa televisada es innegociable es por que, derivado de la libertad de expresión (art. 20 de la Constitución Española), la ampara el derecho de acceso o de antena, por el que un grupo social y una actividad social importantes (más del 70% de los padres siguen pidiendo el bautismo para sus hijos y más del 20% participa en la misa dominical de las parroquias y centros de culto, sin parangón con ninguna otra convocatoria social), tienen derecho a estar presentes entre los demás espacios mediáticos públicos, como lo están los espacios y los eventos culturales y deportivos más demandados por los españoles.
La segunda razón la encontramos en el amparo de otra libertad fundamental, la libertad religiosa. La Constitución Española (art. 16) no declara que el Estado Español sea confesionalmente ateo, agnóstico o beligerante con la religión, sino aconfesional (no se identifica con ninguna confesión) y no sólo respetuoso sino obligado a mantener las mejores relaciones posibles con la Iglesia Católica (por presencia y por tradición prevalente), y con las demás confesiones religiosas que abracen los españoles. Al no tratarse sólo de un derecho privado (tener fe), sino también público (expresarla socialmente), sería insensato que la televisión pública no ofreciese, buscando una cierta proporcionalidad, espacios a la Iglesia Católica (cuatro programas) y las demás confesiones principales (dos espacios para los protestantes, uno para los judíos y otro para los musulmanes).
La tercera razón la encontramos en el derecho que tienen los ciudadanos a no ser discriminados por razón de su edad o de sus diferentes capacidades. Sería discriminatorio que los servicios públicos no ofreciesen sus soportes mediáticos a millones de españoles que hasta que han podido disponer de movilidad personal han acudido los domingos a participar en la celebración eucarística, y ahora en su inmovilidad no puedan al menos seguirla por televisión. ¿O es que los políticos que quieren hacer desaparecer la transmisión de la misa dominical por televisión lo que quieren es poner barreras físicas (en este caso mediáticas) para discriminar a los ancianos y a los enfermos, y con ello discriminar a todos los católicos?